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VERSIÓN: URUGUAY

El caso 1948: cuando la línea pasa por una mujer

Es una de las situaciones que más aparece en los grupos y la que más confusión genera. Si en tu cadena hay una mujer que tuvo a su hijo antes del 1.º de enero de 1948, tu trámite no es imposible: es judicial.

EL PROBLEMA

Qué es exactamente

Hasta que entró en vigor la Constitución republicana italiana, el 1.º de enero de 1948, la ley no permitía que una mujer transmitiera la ciudadanía a sus hijos: solo el padre. Los hijos nacidos antes de esa fecha quedaron, según la interpretación administrativa, fuera de la cadena.

La Corte de Casación italiana corrigió esa discriminación por vía jurisprudencial, pero la corrección no llegó a la ventanilla: los consulados siguen aplicando el criterio viejo. Por eso estos casos se llaman «casos 1948» y se resuelven demandando al Estado italiano.

CÓMO SE RESUELVE

Un juicio en Italia, sin viajar

El procedimiento se hace ante tribunales italianos, representado por un abogado habilitado en Italia, con poder otorgado desde Uruguay. No necesitás mudarte ni viajar para la audiencia.

La documentación que se presenta es la misma que pediría el consulado: partidas de toda la línea, apostilladas y traducidas, más el certificado negativo de la Corte Electoral. Es decir: el trabajo que hacés en el expediente sirve igual, tomes la vía que tomes.

Lo que cambia es el costo —se suman honorarios profesionales— y el plazo, que depende del tribunal.

CÓMO ESTÁ HOY

El panorama en 2026

Durante años estos juicios se venían ganando con regularidad. La reforma de 2025 movió el tablero: además del límite de generaciones, cambió el terreno en el que se discuten estos casos, y el 23 de julio de 2026 la Corte Constitucional elevó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea la pregunta sobre la retroactividad del artículo 3-bis, con la ordenanza 147/2026.

Traducido: hay una resolución europea pendiente que puede cambiar el resultado de muchas causas. Seguimos ese expediente en la página de la ley.

ANTES DE CONTRATAR

Este sitio ordena información, no litiga. Para un caso 1948 necesitás un estudio con experiencia real en ciudadanía italiana. Pedí presupuesto cerrado por escrito, preguntá qué pasa si el TJUE falla en contra, y desconfiá de cualquiera que te garantice un resultado: nadie puede.