La Ley 74/2025, explicada sin vueltas
El 27 de marzo de 2025 se terminó la ciudadanía italiana «por tatarabuelo». Esta página resume qué cambió exactamente, quién sigue teniendo derecho, quién quedó afuera y por qué el asunto todavía no está cerrado.
ATENCIÓN — LA LEY CAMBIÓ EN 2025
Desde el 27/03/2025 ya no alcanza con «un tatarabuelo italiano»: ahora hace falta un padre/madre o abuelo/a nacido en Italia. El test te dice en un minuto si entrás, y si no, qué opciones te quedan.
Las excepciones y la letra chica
También entrás si tu padre o madre, ya siendo ciudadano italiano, vivió legalmente en Italia dos años seguidos antes de que nacieras. Y si presentaste la solicitud o tenías turno con la documentación pronta antes del 27/03/2025, seguís con las reglas viejas, sin límite de generaciones. La cronología completa y las novedades están en Actualizaciones.
Lo que cambió y lo que rige hoy
Cada novedad con su fecha, de la más nueva a la más vieja. Lo marcado NUEVO es de los últimos 60 días.
Sentencia 24045/2026 de la Casación en Secciones Unidas: se terminó el «minor issue». Un menor nacido en el exterior que tuvo doble ciudadanía desde el nacimiento no pierde la italiana aunque su padre o madre se haya naturalizado extranjero mientras él era menor. Como en Uruguay se es uruguayo por nacer acá, alcanza a muchísimos expedientes que estaban trabados.
Ordenanza 147/2026: la Corte Constitucional suspende su fallo y eleva al Tribunal de Justicia de la UE la retroactividad del art. 3-bis. Si el TJUE la declara incompatible con el derecho europeo, las cláusulas que excluyen a nacidos antes del 28/03/2025 podrían caer. Resolución pendiente.
La Corte Constitucional italiana rechaza los planteos contra el Decreto-Ley 36/2025: en parte infundados, en parte inadmisibles. La ley sigue vigente.
Ver el historial completo (5 más)
Sentencia 142/2025: la Corte declara inadmisibles los planteos contra el régimen anterior de transmisión sin límite de generaciones.
El decreto se convierte en la Ley 74/2025: reconocimiento automático limitado a dos generaciones (padre/madre o abuelo/a nacido en Italia), o progenitor con 2 años de residencia legal en Italia antes de tu nacimiento.
Entra en vigor el Decreto-Ley 36/2025 («decreto Tajani»). Corte: solicitudes presentadas o turnos con documentación antes del 27/03/2025 a las 23:59 hora de Roma mantienen el régimen anterior.
Tasa consular: €600 por solicitud, en efectivo o débito VISA/Mastercard, al presentar en la Embajada en Montevideo.
Turnos por Prenot@Mi: se liberan fechas los lunes y miércoles a la medianoche de Italia. Requisito: residencia mínima de 6 meses en la circunscripción consular.
Con la ley así, ¿conviene empezar?
Si tenés padre, madre, abuelo o abuela nacido en Italia: sí, sin dudarlo. Estás dentro de la ley nueva y lo único que te separa del reconocimiento es juntar los papeles y conseguir turno.
Si tu vínculo es de bisabuelo para atrás: la vía consular hoy está cerrada, pero juntar los documentos igual tiene sentido. Las partidas uruguayas no vencen para el archivo personal, el certificado de la Corte Electoral tampoco cambia, y si el Tribunal de Justicia de la UE tumba la retroactividad del artículo 3-bis vas a estar meses adelante de la avalancha. Empezá por el expediente y armá tu árbol.
Si en tu línea hay una mujer que tuvo hijos antes de 1948, tu camino es otro: leé el caso 1948. Y si te habían rechazado el trámite porque tu ancestro se naturalizó teniendo hijos menores, buenas noticias: eso es el minor issue y la Casación lo resolvió a favor de los descendientes en julio de 2026.
Los seis resultados posibles, con lo que implica cada uno, están resumidos en la portada. Para elegir por dónde ir, comparamos las tres vías; y para lo que viene una vez reconocido, AIRE, pasaporte y familia.